La nueva Ley Orgánica del Poder Judicial no suprimirá
los partidos Judiciales ni las oficinas de los Juzgados de Paz
Alcanzado principio
de acuerdo entre
el Ministerio de Justicia y CSIF, STAJ y UGT, pendiente de su ratificación o
no, a la vista de la redacción final.
1. No se suprimen los partidos judiciales. Los Tribunales de
Instancia pierden, pues, su condición de provinciales. Lo único que será
provincial será el reparto de asuntos con arreglo a criterios de reparto
equitativo de trabajo entre las diferentes unidades, sin perjuicio de las
especializaciones por materias y/o jurisdicciones que pudieran establecerse.
2. Se mantienen todos los Juzgados y Agrupaciones
de Paz. Se crearán “Oficinas judiciales de Paz” allí donde
actualmente hay Juzgado de Paz y Agrupaciones de Juzgados de Paz con
funcionarios de Justicia y se les dará más funciones. Actos de comunicación y
ejecución, recepción de escritos, información general y particular al
ciudadano, mediación, registro civil,
3. Se mantienen los centros de destino previstos
en la LOPJ vigente, de forma que los centros de destino no se
referirán a la provincia, sino al municipio.
4. Se garantiza la promoción interna: de gestor a Letrado (Secretarios) habrá oferta anual
de promoción interna haya OPE a Secretarios o no la haya. La antigüedad
requerida continuará siendo de dos años y no de tres como venía en el anteproyecto. Para el resto de cuerpos la promoción está
garantizada ya que se podrá convocar promoción independiente cuando se estime
necesario (cuando no haya OPE).
5. Se introduce la posibilidad
de promoción interna de Técnicos de
Laboratorio a Facultativos de
INTyCF, así como la posibilidad de sustitución a dicho cuerpo.
6. Sustituciones de Gestión a Letrados:
Los gestores podrán ser nombrados Letrados suplentes (se elimina el apelativo
de no profesionales para los gestores), y tendrán preferencia absoluta en los
llamamientos sobre el resto de aspirantes de la bolsa que no son gestores a los
que se llamará letrados suplentes no profesionales.
7. Se reconoce el carácter de agente de la autoridad a los gestores cuando la
naturaleza del acto lo requiera (embargos, lanzamientos, etc.)
8. Se recoge que los Gestores podrán prestar servicios en las
Unidades Administrativas, que el texto original había “olvidado”
(sólo lo preveía para Tramitación y Auxilio)
9. Los Gestores y los Tramitadores podrán realizar
funciones en materia de justicia restaurativa (asistencia a la víctima) y de
solución extra procesal.
10. Se recogen los mismos derechos profesionales que los establecidos para
los Letrados judiciales.
11. Se establece la obligatoriedad de elaboración y publicación
del escalafón anual, que fue suprimida en 2003.
12. Se establece un régimen transitorio de varios años para la
nueva exigencia de titulación MIR especialidad en medicina legal,
para ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses, en que esa nueva titulación no
será exigida. Incluso existirán una o dos oposiciones antes de que la nueva
titulación entre en vigor.
13. Se recogerá en el nuevo
texto el derecho a no ser discriminados por razón de la orientación sexual del
funcionario.
14. Se elimina la
obligatoriedad de “vestir con decoro”.
15. Se establecerán planes de
igualdad en la Administración de Justicia.
16. Compromiso, fijado en la LOPJ con plazo (entre
3 y 6 meses), para la negociación del desarrollo de la LOPJ por vía
reglamentaria antes del final de legislatura.
Tras más de dos meses de negociaciones en grupos de trabajo entre los sindicatos
y el Ministerio de Justicia, el pasado día 10 de julio ha tenido lugar la
reunión de la Mesa sectorial en la que se ha alcanzado un principio de acuerdo
que recoge las cuestiones más importantes de cara a la salvaguarda de los
derechos de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia en la nueva Ley Orgánica
del Poder Judicial frente a la redacción original del anteproyecto que nos
presentó el Ministerio de Justicia inicialmente.
Finalmente, y aunque no se recogen muchísimas de las
alegaciones realizadas por los sindicatos, sí que se han aceptado por el
Ministerio las más importantes, y que eliminan el riesgo de movilidad
forzosa ordinaria que consagraba el texto original. Así, no sólo no se eliminan
los partidos judiciales, sino que con los nuevos criterios de reparto
provincial se mitigan las desigualdades en volumen de asuntos que se dan en
muchos casos entre unos partidos judiciales y otros (que es lo que ponía en
riesgo la permanencia de los menos saturados como sede judicial, y que podría
hacerlos desaparecer ya hoy sólo con modificar los anexos de la Ley de Planta,
sin necesidad de modificar la LOPJ).
Junto a eso, los centros de destino se mantienen referidos
a la localidad y
no a la provincia, desapareciendo el riesgo de movilidad forzosa ordinaria con
la que se amenazaba en el texto original, y además se recoge el compromiso del
Ministerio de un posterior desarrollo reglamentario en el que se pueda
establecer una diferenciación más concreta no sólo de los puestos
singularizados, sino también de los genéricos. Desarrollo reglamentario que
también podrá mejorar el régimen de sustituciones y comisiones de servicio
actuales.
Además, se crean las “Oficinas judiciales de Paz”,
que sustituirán a los actuales Juzgados de Paz y Agrupaciones, con competencias
en actos de comunicación, mediación o conciliación, información y atención al
ciudadano en materia de trámites procesales, primera orientación en materia de
asistencia a las víctimas, recepción de escritos, y las funciones residuales
que pudieran quedarles en materia de Registro Civil. Los funcionarios
destinados en los actuales Juzgados de Paz permanecerán en esas “oficinas
judiciales de Paz”, garantizándose así el puesto de trabajo a casi tres mil
funcionarios, en TODO el territorio nacional, y ello aunque desaparezca el
Registro Civil como servicio de Justicia (los primeros en “caer” serían los
funcionarios destinados en Juzgados de Paz, al desaparecer una de sus
principales funciones)
Todo ello, junto al resto
de puntos aprobados, constituyen sin duda unimportante avance que no sólo mantiene los
derechos de los funcionarios puestos en serio riesgo, sino que en algunos
aspectos se mejoran sustancialmente. Por ello las
organizaciones CSIF, STAJ y UGT hemos alcanzado este principio de acuerdo (aún no se ha firmado nada), que
quedará no obstante condicionado a la definitiva redacción que sea llevada al
texto definitivo que se apruebe por el Gobierno para su inminente envío al
Congreso para su tramitación parlamentaria, que se producirá antes de final de
mes.
No es fácil de entender que CCOO no haya
aceptado este preacuerdo sujeto,
recordemos, a ratificación a la luz de lo que diga definitivamente el proyecto
de LOPJ. Y no lo entendemos porque su reivindicación principal, como la
nuestra, HA SIDO SATISFECHA PLENAMENTE. Sorprendente también que ELA y CIGA se
hayan levantado de la mesa al inicio de la reunión, sin esperar si quiera a que
el Ministerio diera contestación a las peticiones sindicales.
Finalmente, la firma de
este preacuerdo no significa que las tres organizaciones sindicales renunciemos
ni al resto de alegaciones presentadas, ni a la recuperación de los derechos
injustamente perdidos (de hecho la negociación reglamentaria abre la vía para
recuperar algunos) y para seguir exigiendo un Registro civil público gestionado
por funcionarios de Justicia. Llevamos meses consultando
a los trabajadores y lo se llevará al texto de la LOPJ es precisamente lo que
ellos nos han demandado. Ha quedado demostrado que la negociación y
la movilización sirven para algo y que todos juntos podemos. Las tres
organizaciones sindicales renovamos nuestro compromiso con los funcionarios de
Justicia y seguiremos en la lucha por conseguir mejorar las condiciones de
trabajo de todos nuestros compañeros.
La alternativa suponía liberar al Ministerio
de compromiso alguno
y darle vía libre para llevar la reforma de la LOPJ tal cual nos la presentaron
inicialmente algo que los tres sindicatos no podemos permitir por
responsabilidad. Lamentamos que CCOO no
lo haya percibido así pero esperamos que con el paso del tiempo se den cuenta
de lo que significaría para los funcionarios un texto como el que nos planteó
el Ministerio en un principio.
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