R EGISTRO
CIVIL: ENMIENDAS A LA LEY
El Ministerio de Justicia había convocado a los
sindicatos para el día 9 de abril, con apenas 24 horas de antelación para
tratar el tema de los Registros Civiles. Después de más de 6 meses reclamando
abordar este tema, los sindicatos hemos declinado asistir a dicha reunión que
entendemos como un intento de desconvocatoria de la manifestación
prevista para mañana sábado 11 abril en
Madrid en defensa del Registro Civil como servicio público dentro
de la Administración de Justicia. El Ministerio la ha vuelto a convocar para el
próximo jueves día 16 de abril.
Mientras
tanto ayer jueves se ha filtrado un
documento con
las enmiendas que se pretenden introducir a la Ley del Registro
Civil.
Resumen de dicho documento:
La llevanza del Registro Civil se entregará a los
Registradores de la Propiedad además de los Mercantiles.
La
entrada en vigor de la ley será el próximo 15 de julio, sin que tengan
intención de que existan posibles prórrogas.
No
obstante, se prevé un periodo transitorio con objeto de facilitar la
finalización de los expedientes que actualmente están abiertos en los Registros
Civiles, y la transición al nuevo modelo a cargo de los Registradores de la
Propiedad y Mercantiles.
Durante ese periodo transitorio, los expedientes
abiertos a la entrada en vigor de la ley (expedientes viejos) se seguirán
tramitando por los jueces encargados del Registro Civil hasta su completa finalización,
sin que exista periodo de caducidad para su finalización. La inscripción de
esos expedientes correrá a cargo de los nuevos encargados (Registradores de la
propiedad y mercantiles).
Desde
el 15 de julio sólo expedirán certificaciones los nuevos encargados, de forma
que si se requieren datos que ya están digitalizados, se podrá expedir la
certificación directamente por los nuevos encargados, y si los datos no están
digitalizados, se oficiará a los Registros Civiles para que los funcionarios de
Justicia procedan a digitalizarlos y los remitan a los nuevos encargados y
estos puedan expedir la certificación.
Los
libros en ningún caso serán trasladados, sino que quedarán en los órganos en
los que estén depositados a la entrada en vigor de la ley, hasta que sean
trasladados a los archivos históricos provinciales.
A
partir del 15 de julio habrá un
solapamiento entre la nueva ley, que otorga la llevanza de todos los
expedientes nuevos a los Registradores Mercantiles y de la Propiedad, y el
periodo transitorio que permitirá que todos los expedientes abiertos a
fecha 15 de julio (los viejos), sigan siendo tramitados por los funcionarios de
Justicia hasta su finalización.
Respecto de la situación en la que quedarán de los
funcionarios de Justicia, la enmienda a la Disposición Transitoria
8ª de la Ley, señala que “todo el personal se mantiene en sus puestos en tanto
no concluya el periodo transitorio”.
El
documento de enmiendas filtrado prevé la creación de una Comisión Mixta
integrada por la Dirección Gral.
de los Registros y Notariado, la administración y los sindicatos, para
determinar cada seis meses la reordenación de efectivos como consecuencia de la
disminución progresiva de las funciones de los actuales Registros Civiles,”destinando al
personal titulares e interinos) a plazas
vacantes o de nueva creación dentro de la misma localidad”.
Respecto a los Juzgados de
Paz, “serán oficinas colaboradoras que podrán recibir documentación
presencialmente permitiendo agilizar el sistema y garantizar la accesibilidad
universal".
Esto es
lo más relevante del documento filtrado consistente en las ENMIENDAS A LA LEY
(por tanto sujetas a trámite parlamentario) y a la espera de que se celebre la
reunión del día 16 de abril.
POR EL
MANTENIMIENTO DE UN REGISTRO CIVIL PÚBLICO, GRATUITO Y DE JUSTICIA
MADRID 11 DE
ABRIL MANIFESTACION
12:00h