viernes, 10 de abril de 2015


R EGISTRO CIVIL: ENMIENDAS A LA LEY

El Ministerio de Justicia había convocado a los sindicatos para el día 9 de abril, con apenas 24 horas de antelación para tratar el tema de los Registros Civiles. Después de más de 6 meses reclamando abordar este tema, los sindicatos hemos declinado asistir a dicha reunión que entendemos como un intento de desconvocatoria de la manifestación prevista para mañana sábado 11 abril en Madrid en defensa del Registro Civil como servicio público dentro de la Administración de Justicia. El Ministerio la ha vuelto a convocar para el próximo jueves día 16 de abril.
Mientras tanto ayer jueves se ha filtrado un documento con las enmiendas que se pretenden introducir a la Ley del Registro Civil.

Resumen de dicho documento:

La llevanza del Registro Civil se entregará a los Registradores de la Propiedad además de los Mercantiles.

La entrada en vigor de la ley será el próximo 15 de julio, sin que tengan intención de que existan posibles prórrogas.

No obstante, se prevé un periodo transitorio con objeto de facilitar la finalización de los expedientes que actualmente están abiertos en los Registros Civiles, y la transición al nuevo modelo a cargo de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

Durante ese periodo transitorio, los expedientes abiertos a la entrada en vigor de la ley (expedientes viejos) se seguirán tramitando por los jueces encargados del Registro Civil hasta su completa finalización, sin que exista periodo de caducidad para su finalización. La inscripción de esos expedientes correrá a cargo de los nuevos encargados (Registradores de la propiedad y mercantiles).

Desde el 15 de julio sólo expedirán certificaciones los nuevos encargados, de forma que si se requieren datos que ya están digitalizados, se podrá expedir la certificación directamente por los nuevos encargados, y si los datos no están digitalizados, se oficiará a los Registros Civiles para que los funcionarios de Justicia procedan a digitalizarlos y los remitan a los nuevos encargados y estos puedan expedir la certificación.

Los libros en ningún caso serán trasladados, sino que quedarán en los órganos en los que estén depositados a la entrada en vigor de la ley, hasta que sean trasladados a los archivos históricos provinciales.

A partir del 15 de julio habrá un solapamiento entre la nueva ley, que otorga la llevanza de todos los expedientes nuevos a los Registradores Mercantiles y de la Propiedad, y el periodo transitorio que permitirá que todos los expedientes abiertos a fecha 15 de julio (los viejos), sigan siendo tramitados por los funcionarios de Justicia hasta su finalización.

Respecto de la situación en la que quedarán de los funcionarios de Justicia, la enmienda a la Disposición Transitoria 8ª de la Ley, señala que “todo el personal se mantiene en sus puestos en tanto no concluya el periodo transitorio”.

El documento de enmiendas filtrado prevé la creación de una Comisión Mixta integrada por la Dirección Gral. de los Registros y Notariado, la administración y los sindicatos, para determinar cada seis meses la reordenación de efectivos como consecuencia de la disminución progresiva de las funciones de los actuales Registros Civiles,”destinando al personal  titulares e interinos) a plazas vacantes o de nueva creación dentro de la misma localidad”.
Respecto a los Juzgados de Paz, “serán oficinas colaboradoras que podrán recibir documentación presencialmente permitiendo agilizar el sistema y garantizar la accesibilidad universal".

Esto es lo más relevante del documento filtrado consistente en las ENMIENDAS A LA LEY (por tanto sujetas a trámite parlamentario) y a la espera de que se celebre la reunión del día 16 de abril.

POR EL MANTENIMIENTO DE UN REGISTRO CIVIL PÚBLICO, GRATUITO Y DE JUSTICIA

MADRID 11 DE ABRIL MANIFESTACION
12:00h